La realidad sigue siendo tozuda

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La incorporación de la mujer a la vida laboral fue el gran factor de progreso en el siglo XX. Su presencia en la judicatura, como en otros campos, ha crecido paulatinamente desde el último cuarto del siglo pasado, y hace ya algunos años que la carrera judicial es mayoritariamente femenina. El acceso a través de la oposición y la promoción reglada sujeta a estrictos criterios de antigüedad, consiguen diseñar un modelo equitativo al que juezas y jueces se enfrentan profesionalmente en condiciones de igualdad. Basta con echar un vistazo a la composición de juzgados y audiencias para comprobar no solo que el número de mujeres que los ocupan ha aumentado exponencialmente, sino que sus carreras fluyen al mismo ritmo que las de sus compañeros hombres, siempre que el criterio rector sea el escalafón. Cuando la discrecionalidad en los nombramientos desplaza a la antigüedad, el panorama empieza a oscurecerse. Solo así se explica que aun hoy la presencia de la mujer sea minoritaria en los puestos judiciales de responsabilidad gubernativa, en las presidencias de las Audiencias y Tribunales o de sus respectivas Salas, y también en el Tribunal Supremo.  

Si hace algunos años la ausencia de mujeres en los más altos tribunales podía estar justificada al haber sido tardía nuestra incorporación a la Administración de Justicia, ese argumento hoy ya no es aceptable. Son muchas las mujeres que acumulan antigüedad y experiencia sobradas para alcanzar las cotas de excelencia, mérito y capacidad que tales puestos requieren y para acceder a ellos en condiciones de igualdad con los varones. Tenemos que exigir criterios de designación y valoración de currículums en los se prime la calidad y el mérito especialmente proyectados sobre la actividad profesional y no en facetas ajenas, sin olvidar la necesidad de consolidar medidas que faciliten la compatibilidad de la vida laboral y familiar.

No podemos negar que la situación ha mejorado. Si hablamos del Tribunal Supremo, aunque ninguna mujer ha ocupado todavía su presidencia, en los últimos años su incorporación ha sido progresiva. Todas las Salas cuentan con presencia femenina en más o menos proporción, algunas con la mínima representación como ocurre en la Civil y en la Militar, escasa en la Penal, y más relevante en las de lo Contencioso o lo Social, en la que existe paridad y ha colmado el hito de ser presidida por una Magistrada.

La maquinaria se va moviendo, pero no podemos bajar la guardia porque la realidad sigue siendo tozuda. Es llamativo que de los 17 Tribunales Superiores de Justicia que culminan el organigrama judicial en el ámbito autonómico, solo dos se encuentran presididos por mujeres, y todavía sean pocas las presidentas de Audiencias Provinciales. Como en otros ámbitos sociales, también en lo que afecta a los nombramientos judiciales siguen siendo necesarias políticas activas orientadas a hacer efectivo el principio de igualdad, y conseguir que la presencia equilibrada de hombres y mujeres en los más altos niveles de la jurisdicción deje de ser un desiderátum para pasar a ser una realidad.

Ana Ferrer García