Marta Morales
Transmisión de participaciones: el error de ignorar el Registro Mercantil
Hasta el 1 de enero de 1990 la transmisión de las participaciones sociales se inscribía en el Registro Mercantil con total naturalidad. A partir de ese día, en materia de titularidad de participaciones sociales, el velo a que se refiere habitualmente la doctrina mercantil tradicional se convirtió en un telón de acero, y no deja de ser paradójico que ello ocurriera por la entrada en vigor de la normativa destinada a adaptar al Derecho español a la legislación mercantil de la entonces Comunidad Económica Europea











