“La tecnología permitirá convertir en estructurales los cambios coyunturales impuestos por la pandemia”


La secretaria general técnica de Ministerio de Justicia, Paula Novo, analiza el papel que desempeñará la tecnología en la transformación del servicio público de Justicia, y destaca la apuesta que se está realizando desde el ministerio por los medios extrajudiciales de resolución de conflictos, “que contribuirán no solo a la descongestión de los juzgados y tribunales, sino también a vertebrar la convivencia y la paz social en unos tiempos un tanto convulsos como los que vivimos”.


 

Tras más de un año como secretaria general técnica del Ministerio de Justicia, ¿cómo valora el año transcurrido? ¿Cuál ha sido su principal desafío en este año de pandemia?

Lo valoro como un reto profesional constante y un año de profundo aprendizaje. Obviamente, a las dificultades que siempre acompañan a los puestos de esta índole se suma la pandemia y la adopción de las medidas de contención (en nuestro caso normativas) para hacerle frente. Ha sido un periodo de producción normativa intensa sin casi tiempo de reflexión y con un nivel muy alto de exigencia. El principal desafío ha sido, por tanto, adoptar con la premura suficiente las medidas que la situación ha ido exigiendo.

Usted es la responsable de la Unidad de Igualdad del Ministerio de Justicia. Todos los cuerpos profesionales dependientes de su ministerio han manifestado una clara apuesta por la igualdad. En este sentido el Colegio de Registradores es pionero en la rotura de los techos de cristal en los puestos de responsabilidad. ¿Qué valoración le merece?

Una precisión: La Unidad de Igualdad del Ministerio ha estado adscrita a la Secretaría General Técnica hasta la aprobación del Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, que atribuye la aplicación transversal efectiva de la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres que afecten al personal del departamento, así como el ejercicio de las funciones que regula el artículo 3 del Real Decreto 259/2019, de 12 de abril, que regula las Unidades de Igualdad de la Administración General del Estado, a la Subsecretaría del departamento. 

El que se haya avanzado en la rotura de techos de cristal siempre es positivo y debe ser un hecho que estimule a impulsar nuevos cambios y necesarios avances todavía pendientes, como puede ser la modificación de la Ley Hipotecaria en su artículo 279, y que de forma anacrónica exige todavía la condición de ser “varón” para ser nombrado registrador, por ejemplo.

“Es una enorme responsabilidad, pero también un reto profesional constante, velar o intentar velar por la coherencia del ordenamiento jurídico y por el adecuado desarrollo del mismo en materias tan vertebrales como el derecho civil, mercantil, penal y procesal”

El ministerio ha apostado por los ADR, los medios extrajudiciales de resolución de conflictos, entre ellos la mediación. Usted es la responsable del Foro para la Mediación, ¿qué opinión le merece la Asociación CONVIVENTIA impulsada por los registradores?

Como señalan en su pregunta, el ministerio ha hecho una apuesta por los ADR como medios adecuados de solución de controversias que contribuyan no solo a la descongestión de los juzgados y tribunales, sino también y sobre todo, a vertebrar la convivencia y la paz social en unos tiempos un tanto convulsos como los que vivimos. En este sentido, desde el Ministerio de Justica valoramos muy positivamente el poder contar con una asociación cuyos objetivos son los de promover, informar y divulgar la mediación, el arbitraje y la conciliación como procesos alternativos para la resolución de conflictos en diversos ámbitos, y que además tiene entre sus objetivos el de enseñar y formar a los registradores de la propiedad y mercantiles como árbitros o mediadores, para resolver conflictos en materias para las que por su preparación puedan ser considerados especialistas, especialmente en el ámbito civil, hipotecario o mercantil. 

En este ámbito y desde el Ministerio de Justicia se ha incluido la implantación de medios adecuados de solución de controversias, los MASC, como uno de los proyectos que pretende impulsar el objetivo final de conseguir mayor eficiencia del servicio público de Justicia, y que se incluyen en el Plan Justicia 2030. Para ello se ha elaborado un Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia, cuyo Título I en sus 14 artículos está dedicado a los Medios adecuados de solución de controversias. En este Anteproyecto se hace referencia no solo a la mediación y la conciliación privada, también se incluyen otros métodos de solución de controversias como son la “oferta vinculante confidencial” y la “opinión de experto independiente”, configurándose así lo que se puede denominar como un “sistema multipuertas” de acceso a la Justicia, que pretende fomentar la negociación entre las partes implicadas, mejorar la satisfacción del ciudadano y contribuir así a la sostenibilidad del servicio público de Justicia.

La decana María Emilia Adán y Paula Novo, durante un encuentro en el Colegio de Registradores.

La Ley de jurisdicción voluntaria potenció la conciliación ante los letrados de la administración de justicia, los notarios y los registradores en igualdad de condiciones. ¿Cómo valora este medio de resolución de conflictos?

Creo que uno de valores del servicio público de Justicia es el de ofrecer a la ciudadanía la posibilidad de elegir la vía más adecuada para gestionar sus conflictos, que en unos casos será la vía exclusivamente judicial pero en otros muchos será la vía consensual la que ofrezca mejores opciones. Por esta razón, recuperar la capacidad negociadora de las partes mediante mecanismos que dejen de lado la dinámica de confrontación es algo muy necesario para conseguir un servicio público de Justicia sostenible. 

En esta línea, el Anteproyecto de Ley de medidas de eficiencia procesal del servicio público de Justicia antes citado, ha apostado por regular diversos métodos alternativos o adecuados de solución de controversias entre los que se incluye también la conciliación.

De este modo, y con independencia de la conciliación ante el letrado de la Administración de Justicia que regulan los artículos 139 y sucesivos de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, y de las previsiones de las leyes de enjuiciamiento que, en diversos momentos del procedimiento, prevén la actividad conciliadora de los tribunales, el Anteproyecto de ley mencionado enumera y regula, entre los métodos de negociación previa a la vía jurisdiccional, la conciliación privada, destacando los requisitos precisos para intervenir como conciliador y las funciones de la persona conciliadora. La conciliación ante notario y la conciliación ante registrador conservan su regulación específica.

Adicionalmente, y en consonancia con las competencias que dentro del sistema de medios adecuados de solución de controversias en vía no jurisdiccional se otorgan a los registradores, se modifica el artículo 103 bis de la Ley Hipotecaria para que la certificación de la conciliación registral esté dotada de eficacia ejecutiva en los términos del artículo 517 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Se incluyen además nuevas posibilidades para potenciar la vía consensual como forma de solución de conflictos, y todo ello sin dejar de potenciar la mediación como medio adecuado de solución de controversias, aunque su regulación continúa en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. 

Usted ha sido secretaria general y del Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial Red.es y secretaria del Consejo de Administración del Instituto Nacional de Ciberseguridad entre los años 2017 y 2019. ¿Cómo ve la irrupción de la tecnología, que quizá ya no es tan nueva, en la Administración Pública?

Indudablemente hay que destacar el papel tractor de la tecnología como herramienta que aporta innovación y calidad en la prestación de los servicios públicos, y que sigue ocupando, como no podía ser de otra manera, un lugar predominante en los distintos programas estratégicos, como es el Plan España Digital 2025. 

La tecnología es una pieza clave de la transformación de los servicios públicos tal y como hoy los entendemos y que permitirá convertir en estructurales los cambios coyunturales impuestos por la pandemia

En este marco es necesario contar con una organización tecnológica robusta y con todas las garantías jurídicas y de seguridad que den sustento a la operativa de la Administración Pública, especialmente en la Administración de Justicia. Si bien es cierto que hasta ahora, la Justicia ha sido reconocida de manera general como una administración más lenta en asumir estos procesos de digitalización, estamos trabajando para que esta percepción cambie, y conseguir que la Justicia sea capaz de liderar proyectos innovadores en transformación digital, que, además, pueden ser reutilizados por parte de otras Administraciones Públicas. 

Concretamente y dentro del Plan Estratégico Justicia 2030, se está impulsando una reforma estructural que ha conseguido que un servicio público esencial, como es la Justicia, no se paralizase en uno de los momentos más duros de nuestra historia moderna ocasionado por la pandemia del COVID-19. Todo esto gracias a la puesta en marcha del teletrabajo y de otros proyectos de gran calado como la “inmediación digital” que va a permitir a los ciudadanos y profesionales identificarse digitalmente, realizar actos judiciales a través de videoconferencias, celebrar juicios telemáticos y, en determinados casos, la retransmisión en directo de vistas judiciales.

De igual manera, se está promoviendo la integración de los sistemas de la Administración de Justicia con el resto de sistemas de transformación digital de país, a modo de ejemplo, las peticiones de los órganos judiciales ya se pueden realizar a cualquier organismo público por sistemas de información interoperables, que permiten una solicitud automática y completamente integrada con los sistemas de información de las distintas Administraciones Públicas.

Por último, quiero destacar también una iniciativa que se está impulsando en coordinación con todas las comunidades autónomas, con la Fiscalía y con el Consejo General del Poder Judicial: la evolución de una justicia digital orientada al documento a una justicia digital orientada al dato, que está conduciendo a una transformación también de la gestión interna de la Justicia.

Con todas estas medidas lo que se pretende no es otra cosa que trasladar a la Administración de Justicia la transformación digital que se está produciendo en nuestra sociedad.

“La comprensión de la Justicia es pilar básico para asegurar su acceso a ella, y por esta razón hay que valorar muy positivamente la aproximación entre el lenguaje jurídico y el marco de comprensión normalizado de la ciudadanía”

Por su departamento pasan todos los anteproyectos de ley referidos a materias de las que el ministerio es competente. Desde fuera, parece una actividad de precisión técnica-jurídica. ¿Qué nos puede decir de esta responsabilidad? 

Es una enorme responsabilidad, pero también un reto profesional constante, velar o intentar velar por la coherencia del ordenamiento jurídico y por el adecuado desarrollo del mismo en materias tan vertebrales como el derecho civil, mercantil, penal y procesal.

Su ministerio ha apostado por acercar a los ciudadanos la Administración de Justicia utilizando un lenguaje claro y accesible. ¿Cree que los textos legislativos deben ajustarse a nuevos patrones lingüísticos? 

La comprensión de la Justicia es pilar básico para asegurar su acceso a ella, y por esta razón hay que valorar muy positivamente la aproximación entre el lenguaje jurídico y el marco de comprensión normalizado de la ciudadanía, para que, sin perder rigor, se mejore su claridad.

En esta línea, y dentro de los proyectos que el ministerio tiene previstos para mejorar el acceso a la Justicia, se ha incluido un proyecto sobre lenguaje accesible, dividido en dos subproyectos enfocados, uno a la claridad del lenguaje jurídico, y otro a la normalización lingüística en la Administración de Justicia.

Por un lado, el objetivo es aproximar el lenguaje jurídico al lenguaje habitual para conseguir textos más claros y comprensibles, adaptando los términos legales a los usos actuales del lenguaje, revisando los arcaísmos, y asegurando el uso de un lenguaje respetuoso con la ciudadanía, y con los profesionales y demás actores intervinientes en un proceso judicial. El impulso a este proyecto se va a instrumentar a través de la Comisión de Modernización del Lenguaje Jurídico en colaboración con instituciones como la Real Academia Española (RAE). 

Por otro lado, se pretende la normalización lingüística en la Administración de Justicia, de modo que se asegure la presencia de las lenguas cooficiales en todos los ámbitos de la Administración, en consonancia con las recomendaciones del Consejo de Europa para el desarrollo de las lenguas cooficiales en España. De este modo se facilita que los operadores jurídicos y los usuarios de lenguas cooficiales las puedan utilizar como vehículo en la Administración de Justicia, y el instrumento para materializarlo va a ser su incorporación en los modelos de gestión procesal y en las herramientas de inteligencia artificial.

Finalmente, y para asegurar la plena accesibilidad del servicio público de Justicia, se van a abordar también los problemas de acceso al lenguaje de las personas con discapacidad psíquica, física o sensorial a través de un proyecto de accesibilidad de grupos vulnerables.