El Colegio de Registradores ha tramitado un 4% más de presentaciones de cuentas anuales en los Registros Mercantiles

La campaña de presentación de cuentas anuales que terminó el pasado 30 de julio ha culminado con éxito y con un incremento del 4 por ciento respecto a la campaña anterior. Desde el Colegio de Registradores se confirma la generalización del uso de medios telemáticos por parte de las sociedades mercantiles a la hora de presentar sus cuentas.

El Servicio de Sistemas de Información del Colegio de Registradores ha desarrollado íntegramente la plataforma de presentación telemática registral que habilita el derecho a la presentación de todo tipo de documentos en los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, promoviendo el derecho de los ciudadanos, empresas y administraciones a relacionarse con los Registros Públicos por medios electrónicos.

Con ello, el Colegio de Registradores conjuntamente con los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles asumen el reto de promover el uso de las nuevas tecnologías incorporando los medios telemáticos a la prestación de servicios registrales orientados al ciudadano y la administración pública, factor clave para el aumento del bienestar económico y social.

Dentro del mes siguiente a la aprobación de las cuentas anuales, las sociedades mercantiles deben presentar para su depósito en el Registro Mercantil del domicilio social certificación de los acuerdos de la junta general de aprobación de las cuentas anuales y de aplicación del resultado, a la que se adjuntará un ejemplar de cada una de dichas cuentas, así como del informe de gestión y del informe de los auditores, cuando la sociedad esté obligada a auditoría o ésta se hubiera practicado a petición de la minoría.

La campaña de este ejercicio ha tenido como importante novedad la entrada en vigor de la Orden JUS/319/2018, de 21 de marzo, por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación introduciendo la obligación de hacer constar el titular real de la sociedad, aproximándose al 100% el grado de cumplimiento.