Belén Madrazo, Filomena Rosa, Carmen Alonso y Jorge Salazar.

Con ocasión de la Constitución de la European Business Register Association (EBRA), el Colegio de Registradores de España acogió una jornada en la que registradores de Francia, Portugal, Italia y España expusieron la transposición de la IV y V Directiva Europeas, relativas a la creación de los registros de titularidades reales como instrumento para la prevención de Blanqueo de capital.

La sesión estuvo moderada por Carmen Alonso, catedrática de Derecho Mercantil, y tras la exposición se abrió un debate interesantísimo con la participación de distintos despachos jurídicos españoles, entidades e instituciones. La sesión quedaría plasmada en la elaboración de unas conclusiones que permitirán seguir trabajando con la vista puesta en marzo de 2021, plazo máximo establecido por la legislación europea para la interconexión de todos los registros de titularidades reales, y para que puedan interoperar con pleno conocimiento de los beneficiarios finales de todas las entidades europeas obligadas.

M. Philippe Bobet Greffier, del Tribunal de Commerce de París, relató los problemas iniciales. Tras valorarse su llevanza por el Banco Nacional Francés, el Registro de Titularidades Reales se atribuyó a los registradores mercantiles franceses. En agosto de 2017 comenzaron a recepcionarse las primeras declaraciones. 

En Francia, para crear o modificar una sociedad no es necesaria escritura pública, tan solo el 2% de las constituciones de sociedades francesas pasan por notario. El sitio web Infogreffe permite acceder de forma centralizada a los datos del Registro Mercantil y de Sociedades. 

El representante francés se refirió a la obligación de identificar al beneficiario efectivo de las sociedades civiles, que constituyen un 18% de las entidades inscritas, siendo, en su mayoría de carácter familiar. Se refirió al problema de las asociaciones, que en este momento no se inscriben en los registros mercantiles franceses y no se puede proporcionar información sobre su beneficiario último.

En Francia, a diferencia de lo que sucede en España, no se identifica la cadena de control. Tan solo al beneficiario último.

Si la empresa o entidad obligada a presentar la declaración no ha cumplido, se elabora un expediente que puede dar origen a una importante sanción económica (incluso sancionarse con 6 meses de cárcel). La modificación del titular real deberá declararse en 30 días desde que se produjera el cambio.

PORTUGAL E ITALIA

El Registro de Beneficiarios Efectivos en Portugal fue expuesto por Claudia Santos, coordinadora de Registros Mercantiles del Instituto dos Registros o do Notariado (IRN). Portugal traspuso a tiempo la IV Directiva.

El trámite de declaración de beneficiario último se realiza on line. Se trata de un registro independiente dentro de los registros mercantiles, pero gestionado por los registradores portugueses, que son los encargados de gestionar las peticiones de acceso.

“Hasta la fecha se ha proporcionando información de 1.500.000 titularidades reales, y de más de 120.000 sociedades interpuestas”

En Portugal, en caso de incumplimiento por la sociedad de las obligaciones de declarar el beneficiario efectivo, las multas pueden llegar a los 50.000 euros y la entidad puede verse privada de repartir beneficios. La ley portuguesa 89/2018 contempla la amortización de participaciones o acciones del socio incumplidor.

Por su parte, el registrador mercantil Luis Fernández del Pozo desglosó el Registro de Comercio italiano. El Registro de Empresas italiano lo lleva la Cámara de Comercio, con la ayuda de Unioncamere, bajo vigilancia del juez del Registro y del Ministerio de Desarrollo Económico. La infraestructura informática la realiza y mantiene InfoCamere, la sociedad de consorcio por acciones de la Camera de Comercio. El Registro proporciona información de la lista de accionistas de las empresas.

La Ley italiana impone la obligación a casi todas las tipologías de empresas de utilizar la firma digital y los instrumentos informáticos y telemáticos para la cumplimentación y presentación de las solicitudes de inscripción y sus actos adjuntos alRegistro de Empresas. 

Los registros de titularidades reales se llevan en los registros de comercio italianos. La falta de presentación de la declaración de titularidad real se sanciona con la suspensión del derecho de voto y del reparto de dividendos.

La jornada concluyó con la exposición de nuestro caleidoscopio legislativo español en relación con la trasposición de las Directivas.

La registradora Belén Madrazo informó de los datos de los últimos depósitos contables de 2018. Hasta la fecha, han supuesto la declaración de más de 1.000.000 de declaraciones de titularidades reales, proporcionando información de 1.500.000 de titularidades reales, y de más de 120.000 sociedades interpuestas.

En España, la falta de presentación de la declaración de titularidad real se sanciona con el cierre de la hoja social.

Los participantes elogiaron que el sistema español proporcione no solo la información del beneficiario efectivo, como ocurre en Francia, Portugal o Italia, sino información de toda la cadena de control, de la trazabilidad y composición de todos los titulares interpuestos, hasta llegar al beneficiario último.


Filomena Rosa, Enrique Maside y Manuel Hernandez-Gil Mancha.

Blanqueo de capitales y titularidad real

El Colegio de Registradores de España acogió el workshop hispano-luso sobre blanqueo de capitales y titularidad real, donde diversos especialistas de ambos países abordaron las líneas de actuación que están desarrollando en esta materia. En el encuentro participaron el director de Relaciones Internacionales del Colegio de Registradores de España, Enrique Maside; la directora del Instituto dos Registros e Notariado de Portugal, Filomena Rosa; el director del Centro Registral Antiblanqueo, Manuel Hernández-Gil Mancha; la registradora y miembro del Consejo Consultivo del Instituto de Registros de Portugal, Blandina Soares; el director del Servicio de Sistemas de Información del Colegio, José María de Pablos; la responsable del Registro Central de Portugal, Claudia Santos; y la registradora de la propiedad y mercantil, Belén Madrazo.